Camarada BLITZ PANZER, has abierto una caja de Pandora.
Creo que las líneas generales han sido expuestas de forma modélica y concisa por el camarada guscano en la intervención que me antecede. No tengo nada que añadir o cambiar a lo que ahí se dice y, sin embargo, voy a intervenir.
Mi intención con esta intención no es otra que explicar lo que creo que son los puntos críticos de la situación del Patrimonio Histórico para que luego, cada cual, saque sus propias conclusiones y opiniones. Hablaré en el caso de España, por lo que pido disculpas a los foristas internacionales, a los que invito a exponer las situaciones en sus respectivos países si lo desean.
En primer lugar, todos los ciudadanos deberíamos conocer nuestras leyes, no al dedillo pero sí al menos tener una idea general de cómo funciona el marco legal de nuestras actividades. Con esto se evitarían muchos problemas administrativos y políticos leves y también algunos graves.
En este caso, invito a leer la
Ley del Patrimonio Histórico Español.
Estamos hablando de una Ley que es de 1985 con todo lo que ello implica. Además en España tenemos un Estado de las Autonomías, al menos de momento, por lo que esta Ley general es complementada por la legislación particular de cada Comunidad. No entraré en ello porque sería engorroso. Baste decir que:
- 1. Esas leyes autonómicas son las que, en la práctica, se aplican a diario, pues las competencias en Patrimonio Cultural son autonómicas, englobadas en las de Cultura (Direcciones Generales de Patrimonio de las CC.AA.). Todas ellas se desarrollan bajo el paraguas de la Ley estatal que acabo de citar y que, por tanto, conviene conocer.
2. Precisamente por ser competencias de las Consejerías de Cultura de las CC.AA., cosa que la inmensa mayoría de ciudadanos no sabe, las atribuciones de defensa, protección y divulgación del Patrimonio son habitualmente muy maltratadas. Recordemos, por ejemplo, que en España se acaba de finiquitar el Ministerio de Cultura como tal, con gran aplauso ciudadano porque se ve como un ahorro lógico, cuando muchos ciudadanos no se dan cuenta de que ese ministerio es el que vela (o debería velar) por nuestro rico Patrimonio Histórico que es, no nos engañemos, nuestro principal activo como país. Varias CC.AA. a día de hoy carecen ya de Consejerías de Cultura, medidas igualmente muy populistas porque la gente cree que eso “ahorra”, de manera que estas competencias en Patrimonio Cultural han terminado por diluirse y aparejarse a otras cuestiones en Consejerías híbridas (generalmente se adjuntan al Deporte, que no tiene mucho que ver…).
3. Tiene toda la lógica que cada CC.AA. tenga su propia Ley, pues las necesidades de Patrimonio Histórico en Andalucía no se parecen en nada a las que pueda tener Madrid o Canarias. Y esto significa que cada CC.AA. marca sus propias prioridades en estos campos, en función de lo que tienen.
¿Por qué digo todo esto, que casi suena más a política? Pues porque es fundamental que entendamos el complejísimo marco en que se mueve la conservación del Patrimonio Histórico en cualquier país y que esta cuestión es, por supuesto, una cuestión a resolver desde la política. Máxime en España donde, como dije, el Patrimonio es nuestro principal activo, aunque no nos demos cuenta: somos
el país con el mayor y más relevante Patrimonio Histórico del Mundo (y reto a quien lo dude a demostrar que exagero, citándome al menos dos países con un Patrimonio Histórico superior, en cantidad, calidad y relevancia, al español).
Y ahora, entremos en materia.
Dice la Ley del Patrimonio Histórico Español:
Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico.
A simple vista creo que todos convendremos que lo que se enumera en ese párrafo es de un volumen ingente en el caso de cualquier país, para cuanto más en España. Para poder discriminar, se han establecido diferentes “niveles” de Patrimonio Histórico, donde la categoría más alta es la de BIC (
Bien de Interés Cultural), siendo estos los que gozan de la mayor protección, seguidos de los Bienes Inventariados.
Pero ya surge el primer problema.
¿Quién decide que bienes son más importantes que otros? Es un tema muy discutible y debatible: ¿es más valioso un Goya o el uniforme de Francisco Franco? ¿Qué tiene más “valor”: las Cuevas de Altamira o el Alcázar de Toledo? Seguro que si preguntamos a mil ciudadanos tendremos mil respuestas. Y entre los profesionales del sector se da la misma polémica, que además varía en función del sector: como es razonable, los arqueólogos tienden a defender bienes arqueológicos, los biólogos los parques naturales, los historiadores los archivos o las obras de arte, etc.
Lo más importante para el Estado debiera ser promover la
conservación de los bienes y facilitar su
difusión. Pero si lo pensamos bien, ambas premisas chocan: la óptima conservación es totalmente incompatible con una intensa divulgación (por ejemplo, mover un cuadro valioso para una exposición es un gran riesgo a su integridad).
Con la idea de que el Patrimonio Histórico español no se disgregue y vaya más allá de nuestras fronteras, la Ley dice:
Art. 4.º A los efectos de la presente Ley se entiende por expoliación toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción todos o alguno de los valores de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español o perturbe el cumplimiento de su función social. En tales casos la Administración del Estado, con independencia de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas, en cualquier momento, podrá interesar del Departamento competente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente la adopción con urgencia de las medidas conducentes a evitar la expoliación. Si se desatendiere el requerimiento, la Administración del Estado dispondrá lo necesario para la recuperación y protección, tanto legal como técnica, del bien expoliado.
Art. 5.º 1. A los efectos de la presente Ley se entiende por exportación la salida del territorio español de cualquiera de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español.
2. Los propietarios o poseedores de tales bienes con más de cien años de antigüedad y, en todo caso, de los inscritos en el Inventario General previsto en el artículo 26 de esta Ley, precisarán para su exportación autorización expresa y previa de la Administración del Estado en la forma y condiciones que establezcan por vía reglamentaria.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, y sin perjuicio de lo que establecen los artículos 31 y 34 de esta Ley, queda prohibida la exportación de los bienes declarados de interés cultural, así como la de aquellos otros que, por su pertenencia al Patrimonio Histórico Español, la Administración del Estado declare expresamente inexportables, como medida cautelar hasta que se incoe el expediente para incluir el bien en alguna de las categorías de protección especial previstas en esta Ley.
Como vemos, hay una protección importante hacia el Patrimonio, pero evidentemente esta no puede ser absoluta. Debe quedar un margen para la libertad de los ciudadanos. Imaginemos, por ejemplo, que hemos heredado de nuestro abuelo las medallas y armas con las que luchó en la 2GM y llega un día el Ministerio a casa a pedirnos esas piezas porque son de interés general. No resultaría muy justo.
Además, los Estados no tienen medios económicos para poseer todo el Patrimonio Histórico de su territorio. Y, como estamos viendo cada día, esto irá a menos, pues se tiende a reducir el Estado al mínimo, con lo que la mayor parte del Patrimonio acabará en manos privadas. Deberemos estar muy atentos todos los ciudadanos, porque de lo contrario no habrá control ni exigencias a los propietarios de bienes de gran interés, con el prejuicio general para toda la sociedad. A día de hoy, por ejemplo, en España el propietario de un Bien de Interés está obligado a permitir el acceso a los investigadores e incluso a fijar un horario de visitas para que el público en general pueda ver el bien.
Pero esto habla de lo que pasa con gente que ya posee bienes de interés cultural. Además de esa gente, mucha otra adquiere, por compra, bienes históricos. Cuando un Bien de especial importancia se subasta, el Estado tiene derecho a tantear el precio del lote para igualarlo y quedárselo. Pero esto es una medida que se toma sólo en casos de bienes de mucha importancia (por ejemplo, un cuadro de Goya) porque cada día se subastan en el mundo centenares de bienes culturales de todo tipo procedentes de España y, obviamente, el Gobierno no puede comprarlos todos, ni siquiera invirtiendo los Presupuestos Generales del Estado en pleno a ello.
Por ello, es importante hacer que el papel del coleccionista privado sea útil a la sociedad, fomentando que los coleccionistas privados se animen a adquirir piezas de calidad que luego puedan revertir en beneficio del país. Por desgracia, en España no existe tradición de ello: somos un país malacostumbrado y maleducado, donde la "cultura" se ve como algo que debe ser "gratis" (véase las polémicas por las descargas de internet, a pesar de que somos el país del mundo que más descarga) y donde se da por hecho que un cuadro "importante" está mejor en un museo que en una casa particular, aunque sea un museo local o regional en pésimo estado y sin apenas visitantes.
En esto debemos ser cabales. El coleccionista privado, si se le educa y compensa, puede poner sus colecciones con gran placer a disposición de todos. Véase el ejemplo de Estados Unidos, donde personajes de gran fortuna tienen costumbre de adquirir tesoros históricos para luego donarlos a museos, bibliotecas o galerías estatales: por ejemplo, en EE.UU. tienen una excelente dotación de manuscritos de Leonardo da Vinci porque algunos magnates, como Bill Gates, los han ido comprando en subastas para luego depositarlos en bibliotecas públicas al alcance de todos. La mayoría de coleccionistas compra para mostrar, no para meter los bienes que adquiere en una caja fuerte donde nadie los vea (aunque hay gente para todo).
No hay que ir tan lejos: aquí en el Foro tenemos coleccionistas o modelistas que nos muestran desinteresadamente sus colecciones de armas, medallas o maquetas, gracias a lo cual todos aprendemos, sin pedirnos a cambio más que un poco de colaboración e interés por lo que pueden aportarnos. Ese mismo modelo de colaboración sería muy enriquecedor si lo aplicásemos de forma general a nuestra sociedad.
Por desgracia, esto choca con quienes creen que todo lo que sea "de interés" debe estar en museos públicos y, si puede ser, con entrada gratuita. Este sistema ha tocado fondo. Tenemos demasiados museos, muchos de ellos vacíos de visitas, lo que perjudica a la conservación de las obras, porque no hay dinero para cuidarlas si no hay visitantes en cantidad. Esas mismas piezas estarían muy bien en una casa particular donde se las valorase y cuidase con más esmero.
Pero es que además esa presión al propietario y coleccionista, a la larga, es contraproducente. Porque nuestra Ley española, aunque con toda su buena intención, provoca que quienes tienen en su casa bienes de gran interés opten muchas veces por ocultarlos para evitar que el Estado les obligue a ponerlos a disposición pública. Con lo cual perdemos todos: mi vecino de al lado podría tener en su casa un tesoro de la 2GM que jamás me enseñará por miedo a que intervenga el Ministerio.
En estos temas debemos ser realistas y prácticos, primando siempre la capacidad educativa de los bienes. El dinero es limitado pero no las ganas de aprender.
Saludos